En el 40º aniversario de la democracia ininterrumpida en Argentina, la UNVM renueva cargos ejecutivos y legislativos basada en su autonomía institucional según la Ley de Educación de Superior.
Argentina cumple 40 años de democracia ininterrumpida y en estas décadas, además de lograr la erradicación de la violencia política, se consiguió la aceptación de las elecciones como la forma única y legítima de traspaso de poder.
En el sistema educativo, la Ley de Educación Superior establece que las instituciones universitarias tienen autonomía académica e institucional. Eso comprende, entre otras atribuciones, dictar y reformar sus estatutos, definir sus órganos de gobierno y elegir sus autoridades de acuerdo a lo que establezcan los estatutos.
En tal sentido, el 23 de junio de 1999 se realizaron las primeras elecciones en la Universidad Nacional de Villa María (UNVM), resultando electo como rector Carlos Domínguez. Desde entonces, cada cuatro años se realizaron elecciones generales y se intercalaron cada dos años las elecciones de medio término y las excepcionales hasta normalizar los Institutos Académicos Pedagógicos.
Según el Estatuto General de la casa de estudios, las elecciones de rector/a, vicerrector/a, decano/a de Institutos Académicos Pedagógicos, consejeros/as, director/a de Escuela; se realizan entre los días primero de agosto y treinta de setiembre del año que correspondiere, así como de otras autoridades de la Universidad y de sus Institutos Académicos Pedagógicos en cuanto estuviere previsto.
Los cargos de rector/a y vicerrector/a se eligen por fórmula o lista completa en votación directa y secreta entre los miembros de los distintos claustros, y con el voto ponderado de acuerdo a la representación que éstos tienen en cada Consejo Directivo de los Institutos.
El Consejo Superior, a través de la resolución 187/2023, estableció el cronograma electoral que prevé la fecha de elecciones generales para los días 23 y 24 de agosto, pudiendo votar la comunidad universitaria entre las 9 y 18 horas en las sedes a las que pertenece.
Las autoridades electas asumirán en sus funciones el 8 de septiembre en un acto público que tendrá lugar a las 19 horas.
Continuidad del cronograma electoral
2 y 3 de agosto (hasta la hora 20): Impugnación de listas
4 de agosto (hasta la hora 20): Resolución de impugnación a listas
8 de agosto (hasta la hora 20): Oficialización de listas
9 y 10 de agosto (hasta la hora 20): Exhibición de listas definitivas
23 y 24 de agosto (de 9 a 19): Elecciones generales
24 de agosto: Escrutinio
28 de agosto: Proclamación de autoridades electas
¿Qué se elige?
Rector/a y Vicerrector/a.
Decanos/as de los Institutos Académicos Pedagógicos de Ciencias Básicas y Aplicadas, de Ciencias Humanas y de Ciencias Sociales.
Director/a de la Escuela de Ciencias Económicas.
Consejeros/as Titulares y Suplentes del Claustro Docente (Profesores y Auxiliares) al Consejo Superior en representación de los tres Institutos Académicos Pedagógicos.
Consejeros/as Titulares y Suplentes al Consejo Superior del Claustro Estudiantil en representación de los tres Institutos Académicos Pedagógicos.
Consejeros/as Titulares y Suplentes al Consejo Superior en representación de los Claustros Nodocente y de Graduados.
Consejeros/as Titulares y Suplentes de los Claustros Docente (Profesores y Auxiliares), de Estudiantes, de Graduados y de Nodocentes, ante los Consejos Directivos de cada Instituto Académico Pedagógico.
¿Quiénes votan?
Todas las personas incluidas en los padrones confeccionados por claustro.
Ninguna persona puede figurar en más de un padrón, ni el docente efectivo aparecer en otro distinto al del carácter de su designación como docente.
Los padrones de docentes y estudiantes se confeccionan de acuerdo a la división en Institutos Académicos-Pedagógicos.
Los padrones del personal que presta funciones administrativas, técnicas, de servicios y mantenimiento en la Universidad y el de graduadas/os, es único para toda la Universidad.